sábado, 23 de enero de 2010

En la ruta a la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo. Consejo de Trabajadores y el nuevo constitucionalismo revolucionario



En la ruta a la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo

Consejo de Trabajadores y el nuevo constitucionalismo revolucionario

Por: Christian Vivas / Colectivo de Atención Integral
Aporrea
Fecha de publicación: 19/01/10

Recientemente, en diciembre de 2009 y con ocasión de un nuevo aniversario de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Presidente de la República, comandante Hugo Chávez, hizo un llamado a la necesidad del surgimiento de un nuevo constitucionalismo de contenido bolivariano y revolucionario. Ese llamado supone una exigencia ineludible en la transición socialista en que se ubica la actual realidad nacional y, particularmente, al encontrarse abierto el proceso de elaboración de la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo.





Un aspecto central de este proceso es la regulación de la participación de los trabajadores y trabajadoras en la gestión de los institutos públicos, empresas, fundaciones y asociaciones civiles hoy limitado a la figura de los Directores o Directoras Laborales en el sector público y diferido en el tiempo en el sector privado bajo la promesa de una ley especial tal y como señala el artículo 4 de la propia Ley Orgánica del Trabajo (1990) todavía vigente.



Sin embargo, a partir de la declaración del carácter socialista de la Revolución Bolivariana, y potenciado por el proceso de recuperación de empresas por los trabajadores y trabajadoras a partir del año 2005, se inició un profundo debate sobre el tema, demostrándose que las actuales normas jurídicas no sólo implican limitaciones a la realidad actual, sino además constituyen un freno al protagonismo de la clase trabajadora y a su papel por la construcción de un nuevo modelo económico y social destinado a la satisfacción de las necesidades del pueblo y a la afirmación soberana en la administración sostenible de los recursos naturales de la patria.



¿Cómo organizar a los trabajadores y trabajadoras para dirigir y administrar las empresas, transformar las relaciones de producción y asegurar que el fruto de su trabajo sea distribuido e intercambiado en términos socialistas, retribuyendo con justicia y dignidad sus labores? ¿Cómo organizar la participación de los trabajadores y trabajadoras en institutos públicos, empresas, fundaciones y asociaciones civiles del Estado? ¿Cómo extender el derecho de participación a las empresas privadas y a cuáles de ellas, dentro de un plan de transición que garantice la gobernabilidad revolucionaria y que, por tanto, debería tener como protagonista fundamental a la Comisión Central de Planificación creada por Ley en 2007?



Ante la situación de crisis en la gestión de empresas del Estado, incluida la relativa a la de servicios esenciales como en el caso eléctrico, así como en las empresas básicas, y la desestabilización especulativa del sector privado, se han esgrimido en diversos momentos las banderas del control obrero. Por ello, el propio Presidente de la República ha señalado con ocasión del Plan Guayana Socialista 2009 – 2019 la necesidad del control obrero, confiando a los trabajadores y trabajadoras la responsabilidad de definir un plan de transición dirigido a la transformación de las empresas básicas en empresas socialistas, aspecto que resulta necesario trasladar a otras empresas en proceso de nacionalización y recuperación como el caso de la industria cementera.



Los Consejos de Trabajadores y Trabajadoras constituyen instrumentos de participación directa y de protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía popular, que tiene en lo social y económico entre sus medios a todas formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad, que limitan la disposición de la propiedad y que colocan a ésta, pero sobre todo el fruto del trabajo, no bajo la subordinación de un interés individual y privado, ni aún corporativo o de grupo, sino en correspondencia con los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Bajo esta perspectiva deben ser interpretados los artículos 70, 112, 115 y 299 de la Constitución de la República.



Así pues, los Consejos de Trabajadores y Trabajadoras son instancias del Poder Popular donde se ejerce la conciencia de la clase trabajadora, colocando la propiedad sobre los medios de producción en función del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, en los actuales momentos el Proyecto Socialista Simón Bolívar, aprobado para asegurar que lo producido se coloque al servicio de la satisfacción de las necesidades del pueblo. Así como es posible planificar soluciones a partir de las necesidades detectadas y validadas por los Consejos Comunales, igualmente es posible a partir del compromiso organizado y conciente de la clase trabajadora determina las necesidades nacionales, colocando lo producido al servicio o a disposición de la sociedad, a través de planes de distribución e intercambio socialista, sincerando las estructuras de costos y rompiendo las roscas de la comercialización, además de asegurar la participación en los excedentes generados por los trabajadores y trabajadoras.



El articulado propuesto en el marco de la ruta de la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo (ver:http://atencionintegral.blogspot.com/.) toma en consideración el proyecto legislativo presentado en el año 2007 en la Asamblea Nacional, pero al mismo tiempo asegura que las instancias creadas por los trabajadores y trabajadoras bajo la forma de Consejos, se constituyan en unidades corresponsables en la consecución de los objetivos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación: el Proyecto Nacional Simón Bolívar en la transición socialista, bajo la dirección estratégica de la Comisión Central de Planificación, una relación de intercambio y articulación permanente, para lograr -como lo afirma el artículo 299 de la Constitución- “una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta”. Con ello, sostenemos, los trabajadores y trabajadoras asumirán su papel estratégico en la construcción de otro mundo posible y alternativo al capitalismo.

1 comentario:

Aguilera_El Lider dijo...

Saludos y felicitaciones al camarada Christian Vivas, porque en su desempeño como abogado y servidor público, siempre ha entendido que el Derecho, debe estar al servicio de la liberación y no de la opresión; que el mejor Derecho es el que produce el pueblo y no la tecnocracia legislativa. Y por tanto los trabajadores y el pueblo debemos seguir luchando por desechar las normas burguesas y no modificar, sino crear un nuevo ordenamiento jurídico verdaderamente revolucionario.